septiembre 07, 2009

Caminos hacia la legalidad. Algunas soluciones


La legalidad es uno de los principales problemas que tiene los CAPS para operar tranquilos. Los dos puntos críticos son la propiedad de las fuentes de agua de las que se abastecen. Y cómo para guardar los reales que recogen para el mantenimiento de los sistemas sin correr riesgos.

Para hablar de estos y otros temas platicamos con Florentín López. Coordinador de la Red Municipal de Agua de Esquipulas, Justo Pastor Torres, vice-coordinador de la Red de Muy Muy y con Carlos Loáisiga, directivo de esta red, y estas son sus experiencias y pensamientos.

“Podemos legalizarnos.
1.Como Asociaciones de pobladores en las alcaldías, a través de la Ley No.475:
Ley de Participación Ciudadana, publicada en la Gaceta, No. 241, del 19 de diciembre del 2003, Artos. 56 al 64, capitulo I, titulo IV).

2. Como Cooperativas de agua. Constituyéndonos como una Cooperativa.

3.Por medio de una Personería Jurídica. A través de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, ley No. 147 del 19 de marzo de 1992, publicada en la Gaceta No. 102 del 29 de mayo de 1992.

La más segura es la obtención de la Personería Jurídica, pero como hay muchos CAPS pequeños que no la van a poder obtener, podría hacer lo siguiente:

4.Poniendo una propiedad a nombre de todos los beneficiarios del agua. Conseguir que el dueño de la fuente de agua la done o la venda al CAPS. Para que esto sea legal el dueño de esta propiedad tiene que desmembrarla en una Escritura Pública que esta a nombre de todos los beneficiarios del agua e inscribirla posteriormente en el Registro Público de la Propiedad del Municipio.

Esto ya lo han hecho en la comunidad de la Ceiba, municipio de Esquipulas, donde la fuente de agua está a nombre de los 34 jefes y jefas de familia a los que les llega el agua de esa fuente. Esto mismo pasa en Los Limones, municipio de San Dionisio, donde la comunidad ha comprado a nombre de todos los beneficiarios de los CAPS, tres manzanas de tierra alrededor de la fuente.

No hay que olvidar que una fuente o terreno “donados” si no están desmembrados de la propiedad original, e inscritos a nombre de los beneficiarios de la propiedad de cada municipio, sigue siendo del ex-dueño: si esa persona que nos donó se arrepiente, vende o hereda esa propiedad, nos quedamos sin fuente o sin terreno.

5.“Andar de la mano” con el dueño. Si el dueño sólo nos dona una parte del agua que produce la fuente y no quiere vender ni regalar esa parte de la propiedad, lo mejor, como explica Carlos Loáisiga, es “andar de la mano” al dueño de la propiedad: hacerlo beneficiario de esa agua, incluirlo en la directiva, platicar con él sobre la importancia de esa agua para hoy y para los hijos mañana...También hay que estimularlo con el pago de servicios ambientales que percibirá cuando exista la ley.

6.Abrir una cuenta a nombre de dos personas de confianza. Con el tema de los reales, en el CAPS de Casculio, municipio de Esquipulas, han encontrado una alternativa temporal para resguardar en el banco el dinero que recogen, basada en la honradez de sus líderes de confianza que en ellos han depositado el CAPS, como explica Florentín López, parte también de esta directiva:

“Lo que hicimos para no tener ese dinero debajo de la almohada, fue abrir una cuenta corriente a nombre de dos directivos, con un beneficiario de los socios del CAPS elegido por ellos mismos. Hoy tenemos una tarjeta que es como una cuenta mancomunada para sacar o depositar dinero tienen que ir las firmas de los dos directivos. Ahora ya tenemos 24 mil córdobas y no se ha perdido ningún real...”.